Becas Hàbitat Artístic Castelló
Plazo de presentación: 15 de junio de 2015
1.- OBJETO
El Ayuntamiento de Castellón de la Plana convoca públicamente la Sexta Edición de las Becas Hàbitat Artístic Castelló.
La convocatoria tiene por objeto la concesión de 5 becas: 4 becas Hàbitat Artístic Castelló y 1 beca Hàbitat Artístic Castelló – Abroad.
De la convocatoria de 4 becas Hàbitat Artístic Castelló, 2 se dirigen a artistas de nacionalidad española, una de las cuales estará destinada a artistas con residencia en la provincia de Castellón y la otra a artistas con residencia en el resto de provincias españolas; y 2 dirigidas a artistas extranjeros que no tengan su residencia en España, todas ellas para la realización de un proyecto artístico de tema libre dentro de los parámetros del arte actual y en todas sus disciplinas: pintura, escultura, grabado, dibujo, fotografía, video, obra gráfica, instalación, videoarte, arte electrónico, admitiéndose igualmente los proyectos multidisciplinares.
Sus cometidos principales serán el desarrollo de su proyecto artístico, la participación en todas las actividades programadas, la creación y realización de actividades paralelas a su proyecto artístico, así como el intercambio de experiencias con el resto de artistas becados y con el tejido cultural de Castellón y su foco de influencia.
La convocatoria de 1 beca Hàbitat Artístic Castelló – Abroad, se dirige a artistas de nacionalidad española que tengan su residencia en la ciudad de Castellón de la Plana, para la realización de un proyecto artístico de tema libre en la residencia GlogauAir, Artist in Residence Program, Berlín-Alemania. El proyecto se podrá realizar en cualquier disciplina artística: pintura, escultura, grabado, dibujo, fotografía, vídeo, obra gráfica, instalación, videoarte, arte electrónico, admitiéndose igualmente los proyectos multidisciplinares.
Su cometido principal será el desarrollo de su proyecto artístico en convivencia con artistas de diferentes nacionalidades y en contacto virtual con los cuatro becados Hàbitat Artístic Castelló.
2.- REQUISITOS
Las 5 becas objeto de esta convocatoria se adjudicarán mediante concurso entre las personas aspirantes a las mismas que reúnan los siguientes requisitos antes de finalizado el plazo de presentación de las solicitudes y los acrediten documentalmente:
A) Tener experiencia y trayectoria artística demostrable.
B) No haber sido beneficiario/a con anterioridad de becas Hàbitat Artístic Castelló convocadas por el Ayuntamiento de Castellón de la Plana.
C) Tener entre 23 y 40 años en la fecha de la solicitud.
D) Ser español/a y tener su residencia en España o ser extranjero/a y no tener su residencia en España.
En el caso de la beca Hàbitat Artístic Castelló – Abroad, ser español/a y tener su residencia en la ciudad de Castellón de la Plana con una antigüedad mínima continuada de 5 años con anterioridad a la fecha de la solicitud.
E) No hallarse incurso/a en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 13 de noviembre, General de Subvenciones, lo cual se acreditará mediante declaración responsable (incluida en la solicitud).
3.- DURACIÓN
El periodo de duración de las becas Hàbitat Artístic Castelló para la realización, montaje, exposición y difusión del proyecto creativo será del lunes 2 de noviembre de 2015 al lunes 16 de mayo de 2016, ambos inclusive. Durante el mes de mayo se llevará a cabo una exposición colectiva de todos los trabajos realizados, coincidiendo con la Nit de l’Art de Castellón.
El periodo de duración de la beca Hàbitat Artístic Castelló – Abroad para la realización del proyecto creativo será de 6 meses comprendidos entre noviembre de 2015 y abril de 2016, ambos inclusive, y se realizará en la residencia GlogauAir, Artist in Residence Program. Glogauer Str. 16 – 10999 Berlín – Alemania. A su finalización, y de vuelta en la ciudad de Castellón, se incorporará al espacio de trabajo del Hàbitat Artístic Castelló, con el que establecerá una sinergia con la que integrar su proyecto en la exposición colectiva que se inaugurará en mayo de 2016, coincidiendo con la Nit de l’Art de Castellón.
4.- DOTACIÓN
El importe máximo de cada beca será: para cada artista extranjero/a beneficiado/a con una beca Hàbitat Artístic Castelló: nueve mil seiscientos euros (9.600,00 €). Se abonará mensualmente (desde noviembre hasta abril inclusive) a cada becario/a, a razón de mil seiscientos euros (1.600,00 €) brutos mensuales, sobre los que se aplicarán las retenciones fiscales correspondientes.
 para cada artista español/a beneficiado/a con una beca Hàbitat Artístic Castelló (residente en la provincia de Castellón o en el resto de provincias españolas): seis mil novecientos euros (6.900,00 €). Se abonará mensualmente (desde noviembre hasta abril inclusive)a cada becario/a, a razón de mil ciento cincuenta euros (1.150,00 €) brutos mensuales, sobre los que se aplicarán las retenciones fiscales correspondientes (1).
 Para el/la artista español/a residente en la ciudad de Castellón beneficiado/a con una beca Habitat Artístic Castelló – Abroad: nueve mil seiscientos euros (9.600,00 €). Se abonará mensualmente(desde noviembre hasta abril inclusive), a razón de mil seiscientos euros (1.600,00 €) brutos mensuales, sobre los que se aplicarán las retenciones fiscales correspondientes (1). De la cantidad indicada, el/la artista deberá satisfacer quinientos euros (500,00 €) mensuales a la Residencia GlogauAir, quedando el importe restante para su manutención y materiales necesarios para la consecución de su proyecto artístico.
Las becas Hàbitat Artístic Castelló, cuyo importe total asciende a treinta y tres mil euros (33.000 €), dado que su contabilidad presupuestaria afecta a dos ejercicios presupuestarios, de conformidad con la forma de pago establecida en la cláusula 13, se financiarán según el siguiente desglose:
• Presupuesto 2015. El importe de once mil euros (11.000 €), que se corresponde con el gasto de las becas para los meses de noviembre y diciembre de 2015, con cargo a la aplicación presupuestaria 2015-5-33400-48100.
• Presupuesto 2016. El órgano competente asumirá el compromiso de consignar la cantidad de veintidós mil euros (22.000 €), que se corresponde con el gasto de las becas para el periodo comprendido entre enero y mayo de 2016, ambos inclusive.
(1) Nota informativa. El porcentaje aplicable a las retenciones fiscales, vigente en la fecha de publicación de estas bases -sin perjuicio de que se vea modificado posteriormente-, se corresponde con los siguientes:
– Para españoles un 2% del importe bruto.
– Para extranjeros un 24,75% del importe bruto. Si existe convenio de doble imposición entre España y el país del que procede el becado, el porcentaje será del 0%. Para ello deberá presentar certificado de residencia fiscal en el país de origen expedido por la autoridad competente de su país (Agencia Tributaria o Ministerio de Hacienda de origen).
La beca Hàbitat Artístic Castelló – Abroad, cuyo importe total asciende a nueve mil seiscientos euros (9.600 €), dado que su contabilidad presupuestaria afecta a dos ejercicios presupuestarios, de conformidad con la forma de pago establecida en la cláusula 13, se financiará según el siguiente desglose:
• Presupuesto 2015. El importe de tres mil doscientos euros (3.200,00 €), que se corresponde con el gasto de la beca para los meses de noviembre y diciembre de 2015, con cargo a la aplicación presupuestaria 2015-5-33400-48100.
• Presupuesto 2016. El órgano competente asumirá el compromiso de consignar la cantidad de seis mil cuatrocientos euros (6.400,00 €), que se corresponde con el gasto de la beca para el periodo comprendido entre enero y mayo de 2016, ambos inclusive.
(1) Nota informativa. El porcentaje aplicable a las retenciones fiscales, vigente en la fecha de publicación de estas bases -sin perjuicio de que se vea modificado posteriormente-, se corresponde con los siguientes:
– Para españoles un 2% del importe bruto.
5.- PLAZO
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (en adelante BOP) y finalizará el 15 de junio de 2015. La convocatoria se publicará, además de en el BOP, en el Portal de la Ciudadanía del Ayuntamiento de Castellón de la Plana (https://portal.castello.es/PortalCiudadano/).
6.- LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes se presentarán en los siguientes lugares:
Registro General del Ayuntamiento (pl. Mayor, nº 1)
Junta de Distrito Norte (pl. del Primer Molí, s/n)
Junta de Distrito Sur (c/Ricardo Català esquina con Joaquín Márquez)
Junta de Distrito Este (av. Hnos. Bou, nº 27)
Junta de Distrito Oeste (pl. España, s/n, antigua estación Renfe)
Junta de Distrito Marítimo (paseo Buenavista, nº 28, Grao de Castellón)
También se podrá utilizar cualquiera de los medios de presentación y envíos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (en adelante Ley 30/1992).
7.- DOCUMENTACIÓN
Toda la documentación se presentará en español o inglés (en el caso de documentos expedidos en otro idioma, se adjuntará una copia debidamente traducida al español o al inglés). Las solicitudes deberán estar acompañadas de la siguiente documentación y en este mismo orden:
a) Hoja de solicitud debidamente cumplimentada y firmada, disponible en www.castello.es.
En el caso de los/las aspirantes residentes en la ciudad de Castellón, cuya residencia cumpla con el requisito de antigüedad que establece el punto 7.d) de estas bases, se deberá especificar su preferencia por 1 beca Hàbitat Artístic Castelló o por 1 beca Hàbitat Artístic Castelló – Abroad, o para las 2 en la casilla de la hoja de solicitud destinada a ello. (1 folio).
b) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte para los aspirantes con nacionalidad española y pasaporte para el resto de aspirantes con validez mínima hasta la finalización de la beca (1 folio).
c) Fotografía reciente de tipo pasaporte con el nombre y apellidos (1 folio).
d) Certificado de empadronamiento, justificante del censo o volante (justificante vigente emitido por la institución pública competente que justifique el domicilio de la persona aspirante a la beca) por parte de los aspirantes a una beca Hàbitat Artístic Castelló.
En el caso de los aspirantes a una Beca Hàbitat Artístic – Abroad, certificado de empadronamiento que justifique el domicilio de la persona aspirante a la beca y su residencia en la ciudad de Castellón como mínimo con 5 años de anterioridad a la fecha de la solicitud. (1 folio).
e) Currículum Vítae abreviado (1 folio) en el que se detalle de forma clara y en este mismo orden:
– Exposiciones individuales, instalaciones, proyecciones o exhibiciones (según disciplinas artísticas).
– Premios.
– Titulación/es académica/s relacionada/s con las Bellas Artes, Diseño y/o Comunicación Audiovisual, o con las disciplinas que se mencionan en el objeto de esta convocatoria (pintura, escultura, grabado, dibujo, fotografía, video, obra gráfica, instalación, videoarte, arte electrónico).
– Formación universitaria y no universitaria relacionada con las Bellas Artes, Diseño y/o Comunicación Audiovisual, o con las disciplinas que se mencionan en el objeto de esta convocatoria (pintura, escultura, grabado, dibujo, fotografía, video, obra gráfica, instalación, videoarte, arte electrónico).
f) Acreditación documental de los méritos alegados al currículo que se adjuntarán a éste por el siguiente orden: exposiciones, instalaciones o exhibiciones individuales; premios; titulación académica; formación universitaria y no universitaria relacionada con Bellas Artes, Diseño y/o Comunicación Audiovisual, o con las disciplinas que se mencionan en el objeto de esta convocatoria. Esta documentación deberá presentarse mediante copias en color, no aceptándose originales ni documentación adjunta como catálogos, folletos… (24 folios).
h) Sinopsis del proyecto (máximo de 100 palabras), (1 folio).
i)Memoria completa del proyecto, especificando su objetivo, plan de actuación (fases de desarrollo y fechas) y justificación personal de la conveniencia de llevarlo a cabo dentro del plazo de duración de la beca. Sólo se admitirá un proyecto por persona. La extensión máxima de la memoria será de 10 folios, con una letra ARIAL, tamaño 11, interlineado simple.
j) Declaración responsable (incluida en la solicitud) de no hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
k) Certificados emitidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. Dicha documentación no deberá ser aportada por la persona solicitante cuando autorice al Ayuntamiento de Castellón de la Plana a obtener directamente de los órganos administrativos correspondientes la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, circunstancia que manifestará en la solicitud.
Por cuestiones de organización y valoración este material debe presentarse en formato DinA 4, encuadernado y ocupando un máximo de 40 folios, a doble cara, en total. Se desestimará toda documentación que no se ajuste a esta norma.
En el caso de proyectos audiovisuales el/la artista podrá aportar un único DVD acompañando a la documentación exigida.
El Ayuntamiento de Castellón se reserva el derecho de solicitar, previa indicación de la Comisión Evaluadora, la presentación de documentación complementaria así como la presentación de obra original, o de un número mayor de obras como apoyo al proyecto.
El material de las propuestas presentadas, que resulten becadas, quedará en propiedad del Ayuntamiento de Castellón. El material correspondiente a los/las candidatos/as no becados/as se deberá recoger por los/las interesados/as en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la resolución definitiva de la presente convocatoria. Los gastos derivados de la devolución de los trabajos será con cargo a los/las interesados/as. En el supuesto que no se recojan los trabajos el Ayuntamiento de Castellón de la Plana se reserva la posibilidad de proceder a su destrucción.
Se excluirán de la convocatoria aquellas solicitudes que no vengan acompañadas de toda la documentación requerida.
8.- CRITERIOS DE BAREMACIÓN
Las condiciones de mérito calificables por la Comisión Evaluadora, debidamente justificadas y el baremo a aplicar de 100 puntos como máximo son los siguientes:
A-PROYECTO: hasta un máximo de 70 puntos. La Comisión evaluará los proyectos presentados por los/las artistas.
B-CURRÍCULUM VÍTAE: hasta un máximo de 15 puntos valorados en función de su relevancia.
Exposiciones, instalaciones o exhibiciones individuales: hasta 10 puntos.
(Se otorgarán 1 punto por exposición individual presentada)
En relación con las exposiciones individuales no se admitirán aquéllas que se realicen en lugares que no tengan como finalidad su dedicación a actividades artísticas (restaurantes, hoteles, bares…).
Premios: hasta un máximo de 5 puntos.
(Sólo se valorarán los primeros premios, otorgándose 1 o 2 puntos en función de la relevancia de la institución que lo otorga, a juicio de la Comisión Evaluadora. No tendrán consideración de premios, a efectos de esta convocatoria, las menciones o reconocimientos).
C-EXPEDIENTE ACADÉMICO: hasta un máximo de 15 puntos.
a. Titulación universitaria, se puntuará hasta un máximo de 10 puntos. Se otorgarán 7 puntos en caso de licenciatura o grado superior, 8 puntos en caso de licenciatura o grado superior más doctorado en curso, y 10 puntos en caso de licenciatura o grado superior más doctorado, en las disciplinas que se mencionan en el objeto de esta convocatoria (pintura, escultura, grabado, dibujo, fotografía, video, obra gráfica, instalación, videoarte, arte electrónico). En el supuesto de que la titulación se corresponda con una diplomatura, se otorgarán 5 puntos por cada una hasta un máximo de 10 puntos (en el caso de aspirantes de nacionalidad de origen de un país donde el español no es lengua oficial, la titulación -al igual que el resto de la documentación- deberá presentarse debidamente traducida al español o inglés).
b. Formación universitaria y no universitaria relacionada con el objeto de la convocatoria. Hasta 5 puntos. Se otorgará 1 punto por cada título universitario o no universitario presentado (cursos de especialización, másters, cursos de posgrado, etc.) y que tenga relación con las Bellas Artes, Diseño o Comunicación Audiovisual, o las disciplinas que se mencionan en el objeto de esta convocatoria (pintura, escultura, grabado, dibujo, fotografía, video, obra gráfica, instalación, videoarte, arte electrónico).
9.- COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN EVALUADORA
La Comisión Evaluadora estará formada por:
a) Presidente/a: el Alcalde o concejal en quien delegue.
b) Secretario/a: el secretario general de la Administración Municipal o un funcionario/a del Ayuntamiento en quien delegue.
c) 4 Vocales: 1 miembro del Consejo Municipal de Cultura, el/la director/a de l’Espai d’Art Contemporani de Castelló, 1 artista de reconocido prestigio y 1 comisario/a o crítico/a de arte, ambos de reconocido prestigio en el ámbito nacional.
La Comisión Evaluadora no podrá sustituirse ni actuar sin la presencia de más de la mitad de sus miembros. Asimismo, estarán facultados para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de los baremos, para adoptar los acuerdos necesarios que garanticen el debido orden de las mismas en todo lo previsto en estas bases.
Cuando concurran en los miembros de la Comisión Evaluadora algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, éstos se abstendrán de intervenir; del mismo modo los aspirantes podrán recusarlos en la forma prevista en el artículo 29 de la Ley citada.
10.- RESOLUCIÓN DEL CONCURSO
El órgano competente para resolver es el Ilmo. Sr. Concejal Delegado de Cultura, que concederá las becas, a propuesta de la Comisión Evaluadora, en la que se incluirá la propuesta de concesión de beca y una bolsa de reserva por orden de puntuación, en caso de producirse renuncia o abandono y se estime oportuna la continuidad de la beca, siempre que no haya transcurrido el primer mes de la misma.
Asimismo, a propuesta de la Comisión Evaluadora se podrá declarar desierta la convocatoria total o parcialmente en el supuesto de que, a su criterio, las personas concursantes no reúnan méritos suficientes para su adjudicación.
El plazo máximo para resolver la convocatoria será de dos meses a contar desde la finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados/as para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la beca.
En el supuesto de que un/a aspirante residente en Castellón, que cumpla con el requisito 7.d) de estas bases, logre la máxima puntuación tanto entre los/as aspirantes a 1 beca Hàbitat Artístic Castelló – Abroad como entre los aspirantes residentes en la provincia de Castellón a una beca Hàbitat Artístic Castelló, le será concedida aquella cuya preferencia haya expresado en su hoja de solicitud.
11.- CARÁCTER DE LA BECA
La concesión y aprovechamiento de las becas no implicará ninguna vinculación laboral o administrativa con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana.
Los gastos derivados de viajes, alojamiento y manutención de los becados/as, así como de los materiales para el desarrollo de los proyectos correrán por cuenta y cargo de los beneficiarios/as.
El Ayuntamiento suscribirá con una entidad aseguradora una póliza de seguro para el caso de accidente individual, del que serán beneficiarias las personas adjudicatarias de la beca.
12.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS/AS
a) Comunicar su aceptación expresa por correo electrónico (ruben.roman@castello.es) o fax (964260991) al Ayuntamiento, en un plazo de 10 días desde que se comunique su selección.
b) Obtener el visado, si es el caso, ajustándose a los requerimientos y plazos que establezca el Consulado o Embajada de España correspondiente.
c) Disponer de cobertura sanitaria.
d) Aceptar y cumplir las normas establecidas en las bases de esta convocatoria y las que se establezcan en la resolución de la concesión, así como las instrucciones que durante el periodo de vigencia de la misma, reciban del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, a través de la persona designada a tal efecto por la Concejalía de Cultura, participando en todas las actividades extraordinarias organizadas durante el periodo de duración de la beca.
e) En el caso de los/las beneficiarios/as de una beca Hàbitat Artístic Castelló,encontrarse en el Negociado de Cultura y Educación, sito en la calle Gaibiel, 4, 12003 de Castellón de la Plana, el día 2 de noviembre de 2015. De no contactar con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana en el plazo de 10 días a partir del comienzo de la beca, perderá la primera mensualidad. Si transcurren 30 días sin que se haya incorporado ni medie la debida justificación, perderá su derecho a la beca concedida. En caso de que se justifique el retraso en la incorporación, la Comisión Evaluadora podrá decidir el pago de la mensualidad completa o de media mensualidad.
En el caso del/de la beneficiario/a de una beca Hàbitat Artístic Castelló – Abroad, encontrarse en la residencia GlogauAir, Artist in Residence Program, Glogauer Str.16 – 10999 Berlín, Alemania, el día 2 de noviembre de 2015. De no presentarse allí o no contactar con el Ayuntamiento de Castellón de la Plana en el plazo de 10 días naturales a partir del comienzo de la beca, perderá la primera mensualidad. Si transcurren 30 días naturales sin que se haya incorporado ni medie la debida justificación, perderá su derecho a la beca concedida. En caso de que se justifique el retraso en la incorporación, la Comisión Evaluadora podrá decidir el pago de la mensualidad completa o de media mensualidad.
f) Trabajar a diario en su proyecto dentro del espacio destinado a tal fin y dentro de los horarios que se establezcan. Además se ha de participar en todas las actividades externas a las que se les convoque fuera del horario de trabajo y durante el periodo de duración de la beca.
g) Es obligación del/la beneficiario/a extranjero/a de la beca Hàbitat Artístic Castelló gestionar, a su llegada, la adquisición del NIE en la correspondiente Oficina de Extranjería y darse de alta, a continuación en el Censo Tributario cumplimentando el modelo 036/037.
h) Es obligación del/de la beneficiario/a de cualquiera de las becas presentar en el Ayuntamiento de Castellón de la plana -durante los diez días anteriores a su incorporación a la residencia GlogauAir- una ficha de terceros debidamente cumplimentada y conformada por la entidad bancaria en la que figure el número de la cuenta en la que se va a depositar cada mensualidad en la dotación.
i) Para los/las beneficiarios/as de las becas Hàbitat Artístic Castelló, agotar el periodo de permanencia de la residencia Hàbitat Artístic Castelló y desarrollar completamente su proyecto durante el periodo de vigencia de la misma, con nivel de dedicación satisfactorio.
Para el/la beneficiario/a de la beca Hàbitat Artístic Castelló – Abroad, agotar el periodo de permanencia en la residencia GlogauAir y desarrollar completamente su proyecto durante el periodo de vigencia de la misma, con un nivel de dedicación satisfactorio.
j) Al finalizar el periodo de la beca, el/la artista se compromete a presentar una memoria en la que, según los objetivos marcados en la solicitud, se realice una evaluación final sobre resultados y aprovechamiento de la misma, acompañada de la documentación gráfica de los trabajos realizados. A su recepción se dará por finalizada la beca, abonándose la última mensualidad pendiente de pago.
Además de la memoria final, en el caso del/de la artista beneficiario/a de la beca Hàbitat Artístic Castelló – Abroad, el/la artista se compromete a presentar -por correo electrónico a la dirección que se facilite desde el Negociado de Cultura-, la última semana de cada mes, una memoria en que, según los objetivos marcados en la solicitud, se realice una autoevaluación sobre los avances y aprovechamiento de la misma, acompañada de la documentación gráfica de los trabajos realizados. Deberá adjuntar a la memoria mensual una copia de la factura o justificante de pago de la mensualidad correspondiente al mes por su estancia en GlogauAir.
k) Las becas serán clausuradas con una exposición en primicia de los trabajos realizados por los/las artistas durante el periodo de disfrute de las becas, para lo que deberán facilitar información, documentación y préstamo de la obra que se les solicite, sin exhibir de forma individual antes de esta cita.
l) Al finalizar el periodo de la beca, a propuesta de la Comisión Evaluadora, el Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde-Concejal Delegado de Cultura seleccionará una obra de cada artista, en los supuestos de series de obra plástica -en cualquiera de las disciplinas que conforman el objeto de esta convocatoria-, que será cedida a título gratuito al Ayuntamiento de Castellón de la Plana a todos los efectos y que será inscrita en el Inventario General de Bienes del propio Ayuntamiento.
En el caso de que el proyecto desarrollado por cualquiera de los/las artistas durante el periodo de duración de la beca -en cualquiera de las disciplinas que conforman el objeto de esta convocatoria-, culmine en obra única, esta será cedida a título gratuito al Ayuntamiento de Castellón de la Plana a todos los efectos y será inscrita en el Inventario General de Bienes del propio Ayuntamiento.
En el caso de que el proyecto desarrollado por cualquiera de los/las artistas durante el periodo de duración de la beca -en cualquiera de las disciplinas que conforman el objeto de esta convocatoria-, culmine en obra artística efímera, tanto los materiales que componen la obra como los derechos de exposición, instalación, exhibición, reproducción y documentación serán cedidos a perpetuidad al Ayuntamiento de Castellón de la Plana.
m) El Ayuntamiento de Castellón podrá ejercitar en exclusiva y sin ánimo de lucro la exposición, reproducción en catálogos, distribución y comunicación pública de las obras de arte que pasen a integrar los fondos del Inventario General de Bienes del propio Ayuntamiento.
13.- CONDICIONES DE PAGO DE LA BECA
Durante la última semana de cada mes, la persona designada por la Concejalía de Cultura elaborará un informe del cumplimiento de las obligaciones de los/las beneficiarios/as establecidas en el apartado 12º de estas bases durante el mes en cuestión. Dicho documento, con el visto bueno del Concejal Delegado de Cultura, será el documento válido para el pago de la mensualidad correspondiente, que se hará efectivo en la cuenta designada al efecto por los/las becarios/as, dentro del plazo de los primeros diez días del mes siguiente.
No obstante lo anterior, al objeto de hacer frente a los gastos de desplazamiento y de adquisición de material necesario para el inicio de la ejecución del proyecto, el importe acumulado de las dos primeras mensualidades de la beca correspondiente a noviembre y diciembre de 2015, se abonará de forma anticipada mediante un único pago, dentro del periodo de los 15 días siguientes a la presentación de un informe por el Técnico Especialista en Gestión y Dinamización Cultural, con el visto bueno del Concejal Delegado de Cultura, en el que se acredite la incorporación de cada becario/a al desempeño de las actividades propias de la beca. Dicho pago anticipado se realizará, en todo caso, dentro del ejercicio 2015.
En el caso de renuncia de la beca, el/la beneficiario/a deberá notificarlo por escrito al Ayuntamiento de Castellón de la Plana, exponiendo detalladamente las razones de su renuncia y presentar un informe-memoria relativo al contenido de la beca correspondiente al periodo de desarrollo, supervisado por la persona designada por la Concejalía de Cultura. Si la renuncia de la beca es por motivos justificados, se abonaría la cantidad proporcional al trabajo realizado durante el periodo de disfrute de la beca. Si no se apreciasen motivos justificados, se deberá devolver el importe total de la subvención abonada junto con los intereses de demora que se devenguen.
Quedará sin efecto la concesión y consecuente abono de la beca, tras la audiencia de la persona interesada y valoración por parte de la Comisión Evaluadora, mediante resolución del Concejal Delegado de Cultura en los siguientes supuestos:
– Cuando a criterio de la Comisión Evaluadora, a la vista de los informes mensuales elaborados por la persona designada por la Concejalía de Cultura, no se llevara a cabo de forma global la actividad que motivó la concesión de la beca.
– Cuando dejaran de reunirse los requisitos que se exigieron para su concesión
– Cuando se incumplieran, a criterio de la Comisión Evaluadora, sin causa que lo justifique, las condiciones establecidas en la presente convocatoria.
14.- NORMATIVA APLICABLE
Para lo no previsto expresamente en las presentes bases, resultará de aplicación supletoria la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones; Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Castellón de la Plana, publicada en el BOP nº 61 de 19 mayo de 2009; el Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell Valencià, por el que se regula la concesión de becas y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En caso de reclamación o conflicto serán competentes los tribunales con jurisdicción sobre la Ciudad de Castellón de la Plana.
(documento firmado electrónicamente al margen)

PDF BASES HÀBITAT ARTÍSTIC CASTELLÓ 2015