Convoca: VEGAP Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos
Dotación: 100.000 euros en total
Plazo: hasta el 28 de octubre de 2024

Bases Propuestas VEGAP 2024

PRIMERA.- Objeto de la convocatoria

1.1. Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (VEGAP), convoca la XXVIII edición del Concurso Propuestas de Ayudas a la Creación Visual.

1.2. La finalidad de estas ayudas económicas es la de promover la creación artística a través de la financiación de proyectos de aquellos autores que se expresan a través de creaciones visuales, posibilitando el desarrollo de su trabajo, su proceso de investigación y la creación de nuevas obras.

SEGUNDA.- Los participantes

2.1. Los autores deben ser personas físicas y podrán presentar los proyectos de manera individual o en colaboración con otros autores.

2.2. Los participantes podrán presentar un solo proyecto en cualquiera de las siguientes categorías: artes plásticas, fotografía, diseño gráfico, ilustración o nuevas formas de expresión artística. No podrán admitirse como propuestas de diseño gráfico, los diseños industriales.

2.3. Podrá participar autores residentes en España, cualquiera que fuera su nacionalidad, o bien que sean españoles que residan en el extranjero y que no hayan recibido ayudas de la Fundación Arte y Derecho o de VEGAP en cualquiera de las anteriores convocatorias de Propuestas, así como en cualquiera de las convocatorias de Ayudas “S.O.S. Arte/Cultura” que han sido convocadas por VEGAP.

TERCERA.- Los requisitos de los proyectos

Los proyectos presentados deberán ser inéditos, es decir, que no hayan sido divulgados con anterioridad.

En ningún caso, se admitirán proyectos que sean el resultado de un encargo al participante que haya sido realizado previamente por una persona física o jurídica.

CUARTA.- Pautas de presentación

Los autores deberán presentar los proyectos de la siguiente manera:

4.1. El plazo de presentación de los proyectos se abrirá desde las 12:00 horas del mediodía del lunes 9 de septiembre de 2024, hasta las 12:00 horas del mediodía del lunes, 28 de octubre de 2024. No se admitirá ningún proyecto presentado fuera de plazo.

4.2. Los proyectos se enviarán exclusivamente de forma digital a través del formulario de inscripción alojado en www.propuestasvegap.com y adjuntando en un solo archivo PDF, la siguiente documentación:

QUINTA.- Admisión de los proyectos enviados por los participantes

Los proyectos que cumplan con los requisitos descritos en las bases serán admitidos al concurso.

Hoy, 14 de diciembre se ha reunido el Jurado de la XXVII Convocatoria de Ayudas a la Creación Visual, Propuestas 2023, compuesto por: Elena Blasco, Isabel Muñoz, Felipe Hernández Cava, Chelo Matesanz y Fito Conesa.

SEXTA.- El jurado y la resolución

6.1. El jurado está compuesto por artistas expertos en la materia y de reconocido prestigio, nombrado por el Consejo de Administración de VEGAP. El fallo del jurado será inapelable. La Secretaría del Jurado será ejercida por el director general de VEGAP, con voz, pero sin voto.

6.2. VEGAP comunicará el fallo del Jurado el día 12 de diciembre de 2024 a través de las páginas web: www.vegap.es y www.propuestasvegap.com, y sus redes sociales.

SÉPTIMA.- Asignación

La asignación total de la convocatoria asciende a 100.000 euros distribuidos en 20 premios de 5.000 euros cada uno de ellos.

OCTAVA.- Memoria justificativa del proyecto premiado

Los ganadores deberán presentar una memoria justificativa o informe de ejecución antes del día 3 de julio de 2025 sin límite de páginas y en formato PDF.

La memoria o informe de ejecución estará compuesta por los siguientes puntos:

NOVENA.- Divulgación de los proyectos presentados y premiados por los autores

9.1. Las obras que el jurado seleccione como ganadoras deberán estar terminadas el día 3 de julio de 2025, de forma que, puedan formar parte de una exposición que tendrá lugar en el segundo semestre del año 2025. 

9.2. Con el fin de promover la difusión de los proyectos premiados, los autores se comprometen mediante la aceptación de estas bases a suscribir los correspondientes documentos que permitan realizar esta difusión.

9.3. Los autores del proyecto acreditarán ser los titulares originarios de los derechos de propiedad intelectual sobre los mismos, así como, en caso de ser premiados, obtener las autorizaciones preceptivas de los titulares de las obras preexistentes que pudieran quedar incorporadas dentro de sus obras audiovisuales, previamente a su realización.

9.4. Cualquier documentación derivada de la ejecución del proyecto, en exposiciones públicas o en todo tipo de publicaciones, deberá reflejar el logotipo de VEGAP, junto con la expresión: “Financiado por el Fondo Asistencial y Cultural de VEGAP”.

DECIMA. – Aceptación de las bases y responsabilidad

10.1. La participación en esta convocatoria supone la aceptación íntegra de estas Bases.

10.2. La renuncia o incumplimiento de lo dispuesto en estas Bases por parte de quién resulte premiado, conllevará la pérdida automática del derecho a recibir las cantidades pendientes, sin perjuicio de la obligación de devolver las cantidades percibidas hasta la renuncia o incumplimiento.

10.3. Cualquier interpretación abusiva o fraudulenta de estas Bases dará lugar a la consiguiente descalificación del participante. A título enunciativo, pero no limitativo, se entenderá que se produce abuso o fraude, con la presentación de proyectos cuya autoría no corresponda al participante.

DECIMOPRIMERA.- Fiscalidad

La asignación económica de cada uno de los premios otorgados está sujeta a lo dispuesto en la Ley 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, y otras normas tributarias, así como a sus correspondientes Reglamentos y normativa de desarrollo, o en su caso a la Normativa Tributaria vigente en España en el momento de realizarse la asignación del premio.

DECIMOSEGUNDA.- Protección de datos

12.1. Los participantes han de tener en cuenta que los datos personales que faciliten se incorporarán a un fichero de datos personales, cuyo responsable es Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos, VEGAP, con CIF nº G-79467353, y domicilio en la calle Núñez de Balboa, 25, 28001 Madrid, así como con número de teléfono 91-5326632 y dirección de correo electrónico infomad@vegap.es inscrito en el Registro General de Protección de Datos (RGPD).

12.2. El participante, consiente expresamente la incorporación de los mismos al citado fichero y su tratamiento por parte de VEGAP con el fin de realizar las gestiones encaminadas a su participación en la Convocatoria Propuestas y, en el caso de que los miembros del Jurado acuerden concederle la ayuda económica, acepta su asignación y pago en la cuenta designada para ello por el titular.

12.3. Es obligatorio facilitar los datos personales a través del formulario para el ejercicio de tales fines. En caso contrario, VEGAP se verá imposibilitada para incluir al solicitante como participante en la Convocatoria Propuestas.

12.4. Su consentimiento se extiende también a la cesión de los datos referidos a los miembros del Jurado de la Convocatoria Propuestas para su análisis y valoración.

12.5. Los datos personales proporcionados se conservarán durante todo el periodo de duración de su relación contractual con VEGAP como participante de la Convocatoria Propuestas, así como durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales.

12.6. El tratamiento de los datos personales que nos hayan sido facilitados se realizará con estricto cumplimiento de la normativa vigente.

12.7. El solicitante tiene derecho a acceder a los referidos datos, rectificar aquellos que sean inexactos y solicitar su cancelación o supresión cuando no sean necesarios para los fines para los que fueron recabados, así como, en su caso, a ejercitar los derechos de oposición o portabilidad.

12.8. Para ejercitar cualquiera de estos derechos deberá presentar un escrito en la dirección infomad@vegap.es

12.9. En caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrá interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).

Las únicas bases con carácter válido son las publicadas por la entidad Convocante. MAKMA no se hace responsable en caso de errores u omisiones en este artículo.