Convocante: Obra Social «laCaixa»
Dotación: 25.000 euros por proyecto, como máximo
Modo de presentación: aplicación online
Plazo de admisión: hasta el 1 de junio de 2016
BASES DE LA CONVOCATORIA 2016
Participar en actividades artísticas reporta beneficios tanto individualmente como colectivamente. Individualmente, puede producir cambios en aspectos como la confianza en uno mismo, las habilidades o aptitudes, y el desarrollo de la persona. Estos beneficios pueden contribuir a un mayor cambio social, a través del refuerzo de la confianza, especialmente de grupos minoritarios o en situación de vulnerabilidad, el fomento de la comunicación y la contribución a la cohesión social. Del mismo modo, la participación en proyectos artísticos puede favorecer la relación entre las personas y su entorno; ofrecer espacios neutrales de relación, de intercambio y de convivencia, y mejorar las capacidades organizativas y de cooperación de una comunidad o grupo social.
1. OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA
1.1 Esta convocatoria tiene como finalidad apoyar a equipamientos y entidades culturales y a artistas que quieran desarrollar proyectos artísticos que impliquen la participación de colectivos en situación de vulnerabilidad o personas de un mismo entorno o barrio, con el objetivo de favorecer procesos de transformación social. A través de un proceso creativo, ofrecemos a estos colectivos:
• Participar en el arte y la cultura y entrar en contacto con ellos. • Tener voz.
• Dar visibilidad a escala social.
• Ofrecer igualdad de condiciones y de oportunidades.
• Contribuir al empoderamiento de personas o de colectivos a través de un proceso artístico.
1.2 En este sentido, a la vez que favorecemos aspectos de desarrollo personal, también podemos ayudar a involucrar a estos colectivos en proyectos de creación artística que contribuyan a la regeneración y mejora ambiental de barrios y comunidades.
1.3 Las entidades de carácter social no pueden presentar proyectos a esta convocatoria, pero pueden hacerlo en otras convocatorias organizadas por la Obra Social ”la Caixa” a través del Programa de Ayudas a Proyectos de Iniciativas Sociales.
2. REQUISITOS Y CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LOS PROYECTOS
2.1 En general, hay que tener en cuenta que se valorará de manera favorable:
• Que en el proyecto intervengan profesionales de la disciplina artística elegida para el proyecto.
• Que la actividad responda a criterios de innovación, calidad y excelencia.
• Que la actividad se fundamente en una identificación de necesidades objetiva y que estas necesidades definan y justifiquen el motivo.
• Que exista coherencia y correspondencia entre los objetivos definidos, los medios necesarios para la realización de las actividades del proyecto y los resultados que se esperan.
• Que se prevea un plan de continuidad y se asegure su sostenibilidad.
• Que se trate de una iniciativa de nueva creación.
• Que la actividad se desarrolle en territorios donde no hay experiencia en el uso del arte y la cultura como herramientas de intervención social.
• Que se facilite el trabajo en grupo y la cooperación entre los participantes y los profesionales que intervengan en el proyecto, especialmente durante el proceso de creación.
• Que se fomenten espacios neutrales de relación, intercambio y convivencia entre los participantes que faciliten la cooperación, el asociacionismo y el voluntariado.
• Que se refuercen conceptos como la identidad o la autoconfianza y se mejoren las capacidades organizativas, de cooperación y de autogestión de una comunidad.
• Que la actividad sea gratis para los participantes.
• Que el material artístico adjuntado no muestre proyectos artísticos de intervención social ni los procesos que los acompañan. En el apartado de la aplicación web donde hay que adjuntar el material artístico que deberá evaluarse, también se podrá adjuntar material que muestre procesos y proyectos artísticos desarrollados en clave social, pero se considerará como complementario y en ningún caso sustituirá en términos de evaluación la muestra artística que debe garantizar la profesionalidad de los artistas y las entidades culturales solicitantes.
2.2 La convocatoria no incluye los proyectos con actuaciones fuera del territorio español.
2.3 La convocatoria no prevé proyectos dirigidos a congresos, jornadas, seminarios o exposiciones, ni publicaciones en ningún tipo de soporte (libros, vídeos, CD…).
3. REQUISITOS DE LOS EQUIPAMIENTOS Y ENTIDADES O DE LOS ARTISTAS SOLICITANTES
3.1 Los equipamientos y entidades culturales o los artistas solicitantes deben reunir los siguientes requisitos:
• Estar constituidos legalmente y haber sido inscritos en el registro correspondiente con una antigüedad mínima de un año en el momento de presentarse a la convocatoria (excepto los organismos de la Administración pública).
• Presentar un proyecto que tenga que desarrollarse en el territorio español.
• Recoger, entre los objetivos institucionales de la entidad, la realización de actividades relacionadas con la temática de la convocatoria.
• Disponer de las estructuras necesarias para garantizar la consecución de los objetivos del proyecto.
• Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones con CaixaBank, S.A. A tal efecto, la entidad autoriza a CaixaBank, S.A. y a la Obra Social ”la Caixa” a realizar las comprobaciones oportunas.
• Estar al corriente de las obligaciones fiscales y laborales.
• Haber justificado correctamente las ayudas concedidas por la Obra Social ”la Caixa” en años anteriores.
• Cada entidad solicitante podrá presentar un máximo de dos proyectos a las convocatorias de ayudas a iniciativas sociales que organiza la Obra Social ”la Caixa” este 2016. En caso de aprobación del primer proyecto presentado, se desestimará el segundo.
(…)
5. SISTEMA DE EVALUACIÓN Y PUNTUACIÓN
El sistema de evaluación de los proyectos presentados se divide en dos fases:
5.1 Evaluación artística. Un comité formado por expertos en cada una de las disciplinas artísticas que se pueden presentar a la convocatoria de Art for Change ”la Caixa” (artes plásticas, teatro y circo, danza, fotografía y vídeo, música y literatura) evalúa en clave artística los equipamientos y entidades culturales y los artistas que se presentan. Dicha evaluación se lleva a cabo a través de la valoración cualitativa del material artístico adjuntado. Este material artístico debe garantizar que tanto las entidades culturales como los artistas se dedican profesionalmente al mundo de la cultura. Los solicitantes (artistas y entidades culturales) que superen esta primera fase de la evaluación pasarán a la segunda, centrada específicamente en valorar el proyecto presentado.
5.2 Evaluación del proyecto presentado. Un comité de expertos se encarga de estudiar y evaluar los proyectos según los requisitos y criterios que se especifican en el apartado 2 de estas bases.
La evaluación artística tiene un valor del 40 % de la nota final y el 60 % restante corresponde a la valoración del proyecto.
(…)
10. FORMALIZACIÓN DE LA COLABORACIÓN
10.1 La Obra Social ”la Caixa” y cada uno de los equipamientos, entidades culturales o cada uno de los artistas con proyectos aprobados suscribirán un convenio de colaboración sujeto a la legislación vigente, que terminará el 31 de diciembre de 2017.
10.2 El importe de la ayuda concedida se hará efectivo en una cuenta de CaixaBank vinculada al equipamiento, o entidad solicitante, o al artista. El equipamiento, la entidad o el artista se comprometen a que la gestión del proyecto se haga mediante dicha cuenta.
10.3 En este documento se especifican los derechos y las obligaciones de ambas partes y, entre otros puntos, se incluyen los siguientes:
• Plazo de inicio y finalización del convenio
• Importe de la ayuda concedida
• Forma de pago
• Seguimiento del proyecto (informe, visitas de evaluación, memoria final) • Justificación económica del importe total del proyecto
10.4 Hay que tener en cuenta que, en caso de que los equipamientos, entidades culturales y/o artistas se presenten conjuntamente, uno de ellos deberá actuar como gestor de la ayuda.
10.5 Si transcurrido el plazo de un año desde la comunicación de la resolución no se ha firmado el convenio de colaboración, se entenderá que el equipamiento, entidad cultural o el artista renuncia a la ayuda solicitada.
10.6 El abono del importe de la ayuda concedida se realiza mediante dos pagos: el primero, del 80 %, una vez firmado el convenio de colaboración. Este pago se realizará una vez tramitados el convenio y la carta de pago y comprobada la presentación de los certificados de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social vigentes.
10.7 El segundo, del 20 % restante, una vez presentadas y aprobadas la memoria final del proyecto llevado a cabo y la justificación de gastos.
Bases completas y más información
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